SOCIEDAD | Discapacidad intelectual | Justicia porteña | Síndrome de Down

Garantizan transporte gratuito para una mujer con discapacidad

La Justicia porteña ordenó que se cumpla el derecho de una mujer con discapacidad intelectual, que conlleva el acceso a transporte especial para que pueda asistir a un instituto terapéutico donde recibe actividades de estimulación y aprendizaje.

La justicia porteña ordenó esta tarde al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires brindar un transporte escolar gratuito a una mujer con síndrome de down, para que pueda asistir desde su domicilio, en el barrio de Villa Crespo, a un instituto recreativo terapéutico ubicado en Flores.

La medida cautelar, para cuyo cumplimiento se fijó un plazo de cinco días, la dictó el juez Aurelio Luis Ammirato ante la acción de amparo promovida por un asesor tutelar oficial en representación de la mujer invocando el derecho al "acceso a una salud integral" y a un "tratamiento adecuado".

Se dispuso así, que el Gobierno porteño garantice la prestación de transporte escolar "de manera continua e ininterrumpida" desde el domicilio de la mujer hasta el Instituto Recreativo Terapéutico Especial (IRTE)" de la calle Bogotá al 2800, en el barrio Flores.

El juez se respaldó en la ley 24.901 (Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad) que dispone que las personas con discapacidad tienen, entre otros, el derecho a requerir la cobertura de un trasporte especial.

 

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En la demanda se expuso que la mujer concurría desde 2018 al instituto, donde realizaba actividades de estimulación, aprendizaje y socialización, y que los traslados eran pagados por su madre, de 84 años, quien meses atrás indicó que, con sus bajos ingresos, ya no puede cubrir ese gasto.

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El médico de cabecera de la mujer indicó que era "imperioso" que su paciente retomara las actividades en el instituto, luego de que se abandonara la actividad virtual que se estuvo brindando por el centro durante la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid 19.

La acción de amparo precisó que la mujer es beneficiaria de una pensión no contributiva, que tiene cobertura social a través del programa federal Incluir Salud y que existe una vacante para asistir al IRTE de lunes a viernes de 13.30 a 20.30 por lo cual el juez Ammirato dispuso que el estado porteño disponga un vehículo para brindarle "la garantía del derecho a la salud integral", que se sustenta con "la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente", y marca al "gasto público" en ese rubro como una "inversión social prioritaria".



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